El Movimiento A2K
Etiquetas: biotecnología, patentes, Politicas Publicas | author: Carlos A. CondeThe access to knowledge (A2K) es un movimiento en el cual se agrupa un buen número de académicos, ONGs, gobiernos y demás grupos que se oponen al actual sistema de propiedad intelectual. Pero a diferencia de otros grupos que se oponen a la PI, este movimiento está dispuesto a crear y replantear el actual sistema por dentro del mismo sistema. ¿Cómo es esto posible?

Como A2K agrupa diferentes agentes que comparten inconformismo con la PI, estos encuentran en la PI un punto común de encuentro. A2K reúne entre otros ONGs que abogan por una flexibilización de patentes en medicamentos para enfermedades mortales como VIH/SIDA, grupos de agricultores en contra de medidas que monopolizan cultivos, Open Source movimientos que buscan libre acceso en software para computadores, gobiernos que ven en peligro la sostenibilidad económica y la explotación de sus recursos genéticos, grupos indígenas que buscan adecuada protección de su conocimiento tradicional, etc.
Aunque existen una variedad de intereses en el A2K, este grupo ya se ha anotado varios logros y continua trabajando para imponer su visión de cómo debe ser el sistema de PI en el mundo. Uno de esos logros ha sido la adopción de una agenda para el desarrollo en el seno de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Recientemente este grupo está trabajando en un borrador de tratado donde reúne muchas de sus ideas.
El Treaty on Access to Knowledge es la mas ambiciosa meta del A2K. En este borrador se busca establecer límites en las diferentes categorías de la PI (registro de marcas, patentes, derechos de autor, etc.). Dichos límites buscan la protección del libre acceso al conocimiento, transferencia de tecnología a países en vía de desarrollo, protección a la salud pública, apoyo a instituciones académicas y dedicadas a la investigación. El proyecto es tan ambicioso que inclusive manifiesta la necesidad de abolir mediadas restrictivas para que científicos de países en vía de desarrollo acudan a instituciones académicas y científicas en países desarrollados; tales medidas incluyen levantar restricciones que imponen visas.
La agrupación de varios agentes entorno al A2K permite crear acciones coordinadas y actuar como grupo de presión en diferentes organismos internacionales que regulan la PI. Sin embargo, este movimiento puede legitimar aun más la PI. Esto debido a que sus acciones están dirigidas a reinterpretar el alcance de la PI. Se corre el riesgo que al final se llenen vacios en el sistema lo que podría neutralizar cualquier oposición al sistema mismo.

Como A2K agrupa diferentes agentes que comparten inconformismo con la PI, estos encuentran en la PI un punto común de encuentro. A2K reúne entre otros ONGs que abogan por una flexibilización de patentes en medicamentos para enfermedades mortales como VIH/SIDA, grupos de agricultores en contra de medidas que monopolizan cultivos, Open Source movimientos que buscan libre acceso en software para computadores, gobiernos que ven en peligro la sostenibilidad económica y la explotación de sus recursos genéticos, grupos indígenas que buscan adecuada protección de su conocimiento tradicional, etc.
Aunque existen una variedad de intereses en el A2K, este grupo ya se ha anotado varios logros y continua trabajando para imponer su visión de cómo debe ser el sistema de PI en el mundo. Uno de esos logros ha sido la adopción de una agenda para el desarrollo en el seno de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Recientemente este grupo está trabajando en un borrador de tratado donde reúne muchas de sus ideas.
El Treaty on Access to Knowledge es la mas ambiciosa meta del A2K. En este borrador se busca establecer límites en las diferentes categorías de la PI (registro de marcas, patentes, derechos de autor, etc.). Dichos límites buscan la protección del libre acceso al conocimiento, transferencia de tecnología a países en vía de desarrollo, protección a la salud pública, apoyo a instituciones académicas y dedicadas a la investigación. El proyecto es tan ambicioso que inclusive manifiesta la necesidad de abolir mediadas restrictivas para que científicos de países en vía de desarrollo acudan a instituciones académicas y científicas en países desarrollados; tales medidas incluyen levantar restricciones que imponen visas.
La agrupación de varios agentes entorno al A2K permite crear acciones coordinadas y actuar como grupo de presión en diferentes organismos internacionales que regulan la PI. Sin embargo, este movimiento puede legitimar aun más la PI. Esto debido a que sus acciones están dirigidas a reinterpretar el alcance de la PI. Se corre el riesgo que al final se llenen vacios en el sistema lo que podría neutralizar cualquier oposición al sistema mismo.
¿LICENCIAS DE SOFTWARE LIBRE?
Etiquetas: contratos, licencias, software libre | author: FERNANDO GUERREROEl solo contenido de las palabras “licencia” y “cesión” suponen la existencia de propiedad, es decir, alguien licencia (autoriza un uso) o cede algo si es su propietario, y alguien estaría interesado en que se le ceda o se le licencie ese algo siempre que no pueda emplearlo de forma libre, que no sea de libre acceso. El software libre (Open Source), en tanto lo que lo caracteriza es su uso libre por cualquier persona, distribución y elaboración de copias libremente y la posibilidad de modificar el código fuente sin restricción, el modelo de licencias y cesiones no cabe dentro del escenario Open Source, al menos no con el alcance y sentido del software no libre o propietario.
Sin embargo, esto no significa que con el software libre no pueda establecerse un modelo de negocios, que sirva como fuente de riqueza. De hecho, concretamente en nuestro país, no son pocas las compañías, especialmente medianas y pequeñas, que trabajan alrededor de software libre, particularmente con plataformas y todo tipo de derivados de Linux.
Sin embargo, esto no significa que con el software libre no pueda establecerse un modelo de negocios, que sirva como fuente de riqueza. De hecho, concretamente en nuestro país, no son pocas las compañías, especialmente medianas y pequeñas, que trabajan alrededor de software libre, particularmente con plataformas y todo tipo de derivados de Linux.
Lo que hacen este tipo de empresas es ofrecer soporte técnico y desarrollo de aplicativos que atiendan a las necesidades de una persona en particular. Especialmente esto último, es algo que se facilita en el software libre en razón a la libertad para manipular el código fuente. A su vez, en varias oportunidades lo que hacen es desarrollar software propietario que funcione en compañía de un software libre. Sin duda, todas esas actividades no son nada despreciables desde el punto de vista comercial. Así pues, si bien no hay “licencias” y “cesiones” en estricto sentido en el mundo del software libre, no significa que éste no sea un motor de generación de negocios como cualquier otro intangible relacionado con la propiedad intelectual, al punto que abre posibilidades que no existen en el escenario del software propietario, en concreto lo que tiene que ver con la posibilidad de modificar el código fuente.
Ahora bien, en este tema de licencias la verdad es que el software libre genera una paradoja y una complejidad.
La paradoja consiste en que el open source no existiría de no ser por una licencia (GNU - GPL) que permite sus usos característicos, es decir, es el ejercicio mismo de las potestades del derecho de autor, como lo es otorgar licencias respecto de ciertos usos, lo que permite que se eliminen de forma considerable las restricciones que éste propone, o, dicho de otro modo, es en ejercicio del derecho de autor que quien crea un programa de ordenador deje que sea copiado, distribuido y modificado su código fuente libremente.
La complejidad está en que para que un software libre conserve tal característica, es necesario que quienes hagan transmisiones o entregas sucesivas de un software, cumplan con la obligación que impone la licencia GNU – GLP de, precisamente, respetar las propiedades del software libre e imponer tal obligación a quien luego reciba el software. Y digo que esto es complejo porque, por efecto del principio de relatividad de los contratos: si alguien en esa “cadena” de transmisiones no cumple con la obligación descrita, a lo sumo potencialmente respondería contractualmente frente a quien le había hecho a él la transmisión -y digo que potencialmente porque difícilmente quien había entregado o transmitido difícilmente podrá probar que sufrió un daño, requisito inexorablemente para que haya responsabilidad- pero indefectiblemente quien recibe el software ya no tendrá en sus manos un Open Source.
Para evitar lo anterior, esto es, lograr que el software que nace libre permanezca siempre así independientemente de la voluntad de las personas, es absolutamente indispensable que se cree una norma, de orden público, que haga implícito en todo contrato que trate de software libre la obligación de respetar siempre las características de tal. En fin, es un tema en el que aún hay mucha tela por cortar.
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